lukapinformatica

Tengo derecho a que me olviden

Cuantas veces en nuestra vida habremos dicho o escuchado esa conocida frase que dice “¡¡¡ que te olvides de mi !!!”, con la entrada en vigor de la Nueva Ley de Protección de Datos Europea (RGPD), esta expresión nunca ha tenido tanto poder.

El concepto es sencillo, una persona física puede dirigirse a cualquier compañía y ejercer su derecho al olvido, la compañía está obligada a eliminar cualquier dato de carácter personal relacionado con el solicitante. Para realizar este trámite el usuario debe utilizar los canales de comunicación habilitados por la compañía para este tipo de solicitudes y expresar el deseo de ejercer su derecho al olvido.

Unos de los sectores que recibe más solicitudes de este tipo son los buscadores y las redes sociales. Desde 2014 Google ha recibido más de 655.000 peticiones europeas para eliminar resultados de búsquedas en 2,4 millones de páginas web. En España, la cifra de solicitudes asciende a 65.000.

Aunque este tipo de derechos todavía no están bien definidos en términos empresariales y hay muchos marcos que aclarar, por ejemplo, según el artículo 30 del Código de Comercio «los comerciantes conservarán los libros, correspondencia, documentación y justificantes bancarios vinculados con su actividad económica., debidamente ordenados, durante seis años a partir del último asiento realizado en los libros».

Después de consultarlo con un especialista en RGPD, este me indico “que la ley de código de comercio prevalece sobre el derecho al olvido, no podemos pedirle a un proveedor que olvide nuestras facturas – me decía entre risas”.

Creo que con la Nueva Ley de Protección de Datos Europea vamos por el camino adecuado, pero aún hay que definir algunos escenarios y es muy importante apoyarse en profesionales en la materia.